Comunicados
RENFE | 15 06/02/2025
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COMPOSICIÓN MESAS IV CONVENIO COLECTIVO Como ya sabéis, el pasado 14 de enero se celebró la segunda reunión de la Comisión Negociadora del IV Convenio Colectivo de Renfe-Operadora en donde se nos facilitó una propuesta de composición de Mesas Técnicas así como unas normas generales de funcionamiento al mismo tiempo que, todas las organizaciones sindicales les hacíamos llegar las nuestras.
Con el objetivo de llegar a un acuerdo, la empresa nos insta a que, como Comité General de Empresa, les hagamos llegar antes del 31 de enero, una propuesta conjunta, por ello, el pasado 29 de enero nos reunimos a nivel CGE en donde se propuso la constitución de 4 mesas técnicas de desarrollo Mesa Técnica General, Mesa Técnica de Personal, Mesa de Compilación de Normativa y Mesa Económica, así como algunas modificaciones en las normas de funcionamiento.
Por parte del SFF-CGT ya habíamos manifestado que, más allá de la nomenclatura de las mesas, nos importaba más que todos los temas se tratasen en profundidad y con la seriedad e importancia que se merecen, por lo que la propuesta conjunta facilitada nos parecía correcta siempre y cuando esta condición se cumpla.
Ayer 5 de febrero, se celebró la 3ª Comisión Negociadora en donde, tras la exposición del Grupo Renfe y de todas las organizaciones sindicales se llega al acuerdo para su conformación con las propuestas que hemos hecho llegar como CGE.
Así mismo, se confirma el calendario de las próximas reuniones fijadas de la siguiente manera:
MESAS TÉCNICAS CONSTITUCIÓN PRÓXIMA REUNIÓN
Mesa de Personal 19/02 de 12:00 a 13:00 06/03 de 11:00 a 13:00
Mesa Técnica General 19/02 de 13:00 a 14:00 13/03 de 11:00 a 13:00
Mesa de compilación Normativa 20/02 de 10:00 a 11:00 20/03 de 11:00 a 13:00
Mesa Económica 20/02 de 12:00 a 13:00 27/03 de 11:00 a 13:00
 COMUNICADO Anexo
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 ADIF 05/02/2025 | 14 MESA DE ORDENACIÓN PROFESIONAL: SE AGOTÓ NUESTRA PACIENCIA | RENFE 03/02/2025 | 13 JUBILACIÓN PARCIAL. HOY NO, MAÑANA. |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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CONJUNTO CELEBRADA REUNIóN DEL COMITé GENERAL DE EMPRESA DE ADIF (CGE) | COMUNICADO CONJUNTO2023-06-30 |
| COMUNICADO
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Madrid, 30 Junio de 2023
Celebrada reunión del Comité General de Empresa de Adif (CGE)
Temas a tratar:
➢ Imposición de la aplicación de la reducción de jornada a 35 horas de forma unilateral por la empresa.
➢ Conclusiones y medidas conjuntas acordadas en el Comité.
Tras la reunión celebrada con la Dirección de RR.HH el pasado 29/06/2023, este CGE tomo la decisión de convocar una reunión de carácter urgente, para analizar la propuesta que la empresa nos hizo entrega y decidir conjuntamente las medidas a realizar para avanzar en la negociación de la aplicación de la jornada de 35h.
Este Comité de manera consensuada ha determinado las siguientes acciones a realizar:
- Una Comisión de Conflictos, dada la disconformidad de la aplicación de la reducción de jornada planteada.
- Una carta dirigida a la presidenta de Adif, en la que explicaremos de manera detallada los inconvenientes que conllevará a nivel productivo la implantación de la jornada que nos presentan.
- Preparar un documento dirigido a los diferentes Comités Provinciales, para que elaboren la correspondiente denuncia a la Inspección de Trabajo, por incumplimiento del plazo de la implantación de jornada.
- Denuncia a la Dirección General de Trabajo desde el CGE, por entender que la implantación de la jornada reducida, es una modificación substancial de las condiciones de trabajo.
- Carta dirigida a la dirección de RR.HH, en la que detallaremos todas las acciones jurídicas pertinentes para rechazar la modificación unilateral de la jornada y los horarios.
Seguiremos informando.
Comunicado

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