Comunicados
ADIF | 24 12/03/2025
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EL SFF-CGT IMPUGNA LA NORMA DE MOVILIDAD Lo intentamos cuando se negoció. Estamos intentando cambiarla en la negociación del Convenio. Y ahora lo vamos a intentar recurriendo a la justicia: hemos impugnado la Norma de Movilidad. No pararemos hasta no cambiar esta norma injusta que está triturando la vida de tant@s compañer@s. Hemos pedido que esta movilidad siga su desarrollo, pero queremos que sea la última en estas condiciones.
GESTIÓN NEFASTA
No nos ha quedado otra salida ante la cerrazón de la empresa, empeñada en blindar una norma jeroglífica y que se está revelando desastrosa en términos de gestión.
Nos quiere echar la culpa a los sindicatos de haber tenido que cambiar las fechas por la huelga, pero lo cierto es que la logística de organización de los exámenes era kafkiana, aglutinando en solo dos fechas las pruebas de algunos temarios, lo que impedía la organización del trabajo en determinadas dependencias, sobre todo en las que se trabaja a turnos.
Además de responsabilizar a los sindicatos, también pretende echar su incapacidad sobre las espaldas de las propias personas trabajadoras, inventando una regla del juego que ni está en la Norma de Movilidad ni en la Normativa Laboral: “Si no te presentas a algún examen, te eliminamos de todas las plazas de esa convocatoria”. Parafraseando a Groucho Marx, la empresa nos amenaza, habano en boca: “Estas son mis normas y si no te gustan, tengo otras peores”.
El CACIQUISMO TAMBIÉN SE COMBATE EN LOS TRIBUNALES
No hay manera de sostener esa última ocurrencia. Como mucho se podría aplicar el artículo 435 de la Normativa Laboral, que especifica que, de no sacar la mitad de la puntuación exigida para el aprobado, ese día será considerado un día de licencia sin sueldo. Todo lo demás son amenazas sin fundamento destinadas a esconder debajo de la alfombra las migajas de su mala gestión.
 COMUNICADO Anexo
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 CONJUNTO 10/03/2025 | COMUNICADO CONJUNTO COMUNICADO CONJUNTO RENFE Y ADIF: SOBRE LAS HUELGAS CONVOCADAS | LOGIRAIL 09/03/2025 | 23 CUANDO EL DIABLO NO TIENE NADA QUE HACER, MATA MOSCAS CON EL RABO |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE NO MÁS INCUMPLIMIENTOS EN LOS PLAZOS DE LAS MOVILIDADES DE FABRICACIÓN Y MANTENIMIENTO | 108 2023-09-04 |
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 | Leido: 16 veces | El pasado 8 de agosto del 2023 una parte del personal de Renfe Fabricación y Mantenimiento sobrepasó los doce meses con residencia transitoria.
En el apartado 14.6 Movilidad del I Convenio Colectivo del Grupo Renfe se establece que:
“Para dar una respuesta más dinámica a las necesidades de producción, las nuevas incorporaciones que se produzcan en el Grupo Renfe en cualquier colectivo, se podrán realizar con residencias transitorias, en el colectivo de conducción de hasta un máximo de 2 residencias transitorias sucesivas y por tiempo total máximo de 12 meses.
Para el resto de colectivos, se podrán incorporar con una única residencia transitoria por un periodo máximo de 12 meses.”
Parece que a Renfe solo le interesa aplicar la normativa de dicho artículo cuando le conviene sin tener en cuenta que esta situación de incertidumbre solo genera malestar e inestabilidad. No tienen en cuenta las necesidades personales, tampoco las profesionales cuando, además, hablamos del personal más precario de la sociedad: El que ingresó en la OEP 2022 que, a día de hoy, sigue cobrando la desagradable broma de la Categoría de Ingreso.
El pasado 4 de mayo solicitamos a Teresa Torres Agudo, antigua Gerente de Área de Organización y RRHH en Fabricación y Mantenimiento, que se convocase la movilidad geográfica del personal operativo, pero no hemos obtenido respuesta alguna. Hemos contactado también con Manuel Joaquín Sanz Martínez, actual Gerente de Área de Organización y Recursos Humanos de Fabricación y Mantenimiento y, a pesar de indicarnos que no tenía ninguna voluntad de convocarlas, esperamos que lo reconsidere.
Cabe recordar que el artículo 108.2 de la normativa laboral establece la obligatoriedad de ofertar las vacantes a cubrir de forma permanente al personal interno de la empresa antes de realizar una convocatoria para el personal ajeno a la misma, incluso, de existir urgencia obliga a ofertar las vacantes de forma interna antes de ser ofrecidas a los aspirantes del exterior.
En la mencionada cláusula 14.6 se establece en su párrafo quinto que:
“En el resto de colectivos, los procesos de movilidad se resolverán cada 18 meses y deberá hacerse efectiva la toma de posesión de la misma en un plazo máximo de 6 meses momento a partir del cual se iniciaría el derecho a las indemnizaciones previstas en Convenio colectivo.”
Por lo tanto también pende ya de un hilo el plazo de 18 meses establecido, la empresa sigue sin dar respuesta y actualmente existe una necesidad manifiesta de cobertura de puestos de trabajo tal y como establece la Norma Marco de Movilidad apartado 1.1 del XII Convenio de Renfe. Desde CGT vamos a tomar todas las medidas necesarias para que Renfe cumpla el Convenio Colectivo y convoque de manera inmediata la movilidad geográfica pendiente.
¡BASTA YA DE ESTIRAR DE MANERA INDEFINIDA LOS PLAZOS Y JUGAR CON LA VIDA DE L@S COMPAÑER@S!
Comunicado

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