Comunicados
RENFE | 86 22/10/2025
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ALARGANDO LA NEGOCIACIÓN HASTA LA EXTENUACIÓN Ayer se celebró la segunda reunión de la Mesa Técnica de Personal, centrada en los Equipos de Disponibilidad de Ingeniería y Mantenimiento (IyM) y en los CGO.
En las reuniones anteriores, la empresa nos presentó unos borradores inaceptables con sus propuestas. Desde SFF-CGT entregamos nuestras alegaciones el 23 de septiembre, mientras que otras organizaciones aún no han presentado las suyas y siguen posponiéndolas para la siguiente reunión.
Todo apunta a que este proceso se está alargando innecesariamente, probablemente hasta que alguien con poder, tanto en la representación de los trabajadores como en la empresa, decida que “hay que firmar” y se firme cualquier cosa, porque avances reales, ninguno.
En cuanto al punto de CGO, muchas buenas palabras y declaraciones de intención, pero habrá que ver si se traducen en hechos concretos.
Desde SFF-CGT hemos presentado hoy nuevas propuestas, además de las ya entregadas, especialmente dirigidas a los equipos de Pruebas y ETV, entre ellas:
• Entrega de teléfonos de empresa para eliminar el uso de teléfonos personales.
• Compensación por excesos de jornada y pernoctas fuera del domicilio, incluyendo jornada irregular y descanso compensatorio y Actualización de las dietas, ya que las actuales están desfasadas y no reflejan la realidad económica.
• Cobro de Plus de Pruebas, por todo el personal que trabaja en Pruebas.
La respuesta desde IyM ha sido que nuestras propuestas “no van en su línea de trabajo”, lo que interpretamos como una falta total de voluntad negociadora, ya que no se mueven ni un milímetro.
En el caso de los CGO, parece que la empresa ha asumido algunas de nuestras propuestas, aunque al mismo tiempo intenta vendernos como “mejoras” los pluses que ya percibe este colectivo, como el de fidelización en el puesto.
Otro de los grandes problemas sigue siendo su visión de la formación como un gasto. Desde SFF-CGT seguimos insistiendo en que la formación es una inversión, beneficiosa para ambas partes: el trabajador desempeña su labor con mayor seguridad y eficiencia, y la empresa ofrece un servicio de mayor calidad.
La sensación general es que todo sigue igual: cuando interesa, abundan las buenas palabras, pero al día siguiente se demuestra que solo eran humo.
Desde SFF-CGT seguiremos defendiendo la justicia y la dignidad laboral, sin dejarnos arrastrar por el camino de los que todo lo aceptan.
 COMUNICADO Anexo
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 ADIF 20/10/2025 | 85 ESTE AÑO MÁS DE UN@ NO SE COME LAS UVAS | SECTOR 14/10/2025 | 84 MEDIDAS URGENTES ANTE EL DETERIORO DE LAS CONDICIONES LABORALES DEL SECTOR |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF BENEFICIOS SOCIALES EN ADIF | 1 2024-01-08 |
| COMUNICADO
 | Leido: 62 veces | BENEFICIOS SOCIALES EN ADIF
Os resumimos, con el nuevo año, algunas ayudas a las que podéis acceder por pertenecer a Adif. Las primeras, las ayudas graciables, han sufrido algunas modificaciones. Así son desde el 1 de enero:
¿Quiénes pueden solicitar estas ayudas?
Toda la plantilla sujeta a convenio que no supere 62000€ de ingresos brutos anuales en su unidad familiar (mayores de edad convivientes y/o beneficiari@s). Las ayudas son para tratamientos o gastos de la propia persona trabajadora y de cualquiera de los miembros de su unidad familiar, salvo que se especifique lo contrario.
El gasto mínimo entre todas las facturas debe ser de 500 euros, salvo los gastos de óptica y farmacia, que serán de 200 euros respectivamente.
La cantidad máxima anual de ayuda que podrá percibir una persona trabajadora es de 1653€.
PORCENTAJES DE AYUDAS SEGÚN INGRESOS
SUMA DE INGRESOS BRUTOS UD. FAMILIAR PORCENTAJE CONCEDIDO
Hasta 26000€ 60%
Desde 26001€ hasta 30000€ 40%
Desde 30001€ hasta 44000€ 20%
Desde 44001€ hasta 62000€ 10%
A las familias numerosas, monoparentales/monomarentales o encabezadas por una víctima de violencia de género se les incrementará en un 10% la cuantía de la ayuda (aportando documento acreditativa).
¿Qué documentación hay que presentar?
El modelo oficial cumplimentado (publicado en Inicia > servicios al empleado > Trámites > Modelos administrativos > Solicitudes de beneficios sociales), tramitado por conducto reglamentario. Con carácter general será imprescindible añadir la siguiente documentación:
• Factura/s original/es (no se admitirán facturas "proforma" ni tiques). La validez de las mismas será de un año desde su emisión hasta la fecha de la petición, que será la de presentación en la dependencia de la persona trabajadora.
• Fotocopias completas (con todas sus hojas) de las declaraciones de la Renta de la unidad familiar del último ejercicio fiscal, con la validación mecánica y/o sello de la Agencia Tributaria/Entidad Colaboradora, o del Certificado de la Declaración Anual del IRPF. En caso de no tener obligación de hacer la declaración, se debe presentar un Certificado de Imputaciones del IRPF.
• Fotocopia del Libro de Familia o documentación análoga.
• Última nómina de la persona trabajadora.
Además de ésta, también se aportará específicamente la documentación que se detalla en cada uno de los motivos por los que se puede solicitar la ayuda. La Comisión tiene la capacidad de solicitar documentación complementaria en caso necesario.
¿Cuáles son las fechas de entrega y plazos para aportar documentación?
La fecha de la petición a tener en cuenta para el cómputo de las facturas será la de entrada en la dependencia.
Una vez comprobado en la dependencia que la petición cumple con los requisitos básicos de solicitudes, si adolece de alguna documentación, la persona trabajadora dispone de un mes a contar desde la fecha de entrada en la dependencia para hacer entrega de ella.
Una vez recibida la petición en la Jefatura de Área de Política Social, en caso de que la Comisión requiera la persona trabajadora alguna documentación en relación con la solicitud, deberá aportarla en el plazo máximo de un mes a partir de su comunicación, requerida de manera fehaciente.
Todas las peticiones son tratadas con la máxima confidencialidad. Aun así, si la persona trabajadora considera extremadamente confidencial el motivo de su petición, podrá entregar la documentación en sobre cerrado, debiendo especificar en la casilla correspondiente del modelo de solicitud “otras causas”.
AYUDAS POR INCAPACIDAD TEMPORAL POR ENFERMEDAD COMÚN
Se puede solicitar una ayuda para paliar los perjuicios económicos por la parte del salario dejada de percibir por encontrarse en situación de baja prolongada por enfermedad común o accidente no laboral.
¿Quiénes podrán solicitar estas ayudas?
Toda la plantilla sujeta a convenio. La percepción se aplicará a los días que superen los 30 de incapacidad temporal.
El plazo máximo para poder solicitarla será de un año desde que se produjo el alta médica.
¿Qué documentación se debe presentar?
Modelo oficial debidamente cumplimentado (Inicia) en el que la persona trabajadora indicará la fecha de inicio de la baja médica, así como la última nómina. Plazos y entrega de solicitudes, mismo procedimiento que en las ayudas graciables.
OTRAS AYUDAS
Hij@s con discapacidad psíquica:
Percepción de 100€ mensuales.
Transmisible a los pensionistas de viudedad y orfandad en la misma cuantía.
Prestaciones por defunción de la persona trabajadora: 12000€
Anticipos (necesarios dos años de antigüedad): concesión máxima de tres mensualidades de la clave sueldo.
CGT: SOLIDARIDAD, HONESTIDAD Y TRANSPARENCIA
Comunicado

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