Comunicados
 
RENFE
75
09/10/2024
HEMOS PERDIDO DINERO CON ESTE CONVENIO. YA ES HORA DEL SIGUIENTE
 
El actual III Convenio colectivo del Grupo Renfe que entró en vigor el pasado 1 de enero de 2022 y cuya vigencia finaliza el próximo 31 de diciembre de 2024 ha supuesto una sangría económica para la plantilla del grupo Renfe. El incremento remunerativo acordado por la Empresa y los sindicatos SEMAF, CCOO y UGT no solo no alcanzó los valores del IPC anuales sino que, lejos de estarlo, ha visto como la diferencia entre la subida salarial y el IPC se han ido incrementando a lo largo de estos años de convenio.
 
  COMUNICADO         
 
 
 
 
IRYO
09/10/2024
COMUNICADO CONJUNTO
NI UN DÍA MÁS SIN UNA RESPUESTA POSITIVA
 
 
ADIF
09/10/2024
74
AVANZAMOS EN DERECHOS, A PESAR DE ADIF
 
ADIF
01/10/2024
73
PLAZAS PROVISIONALES: ¡QUE COMIENCE EL BAILE!
 
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Jurídica
Convenios
LOGIRAIL
01/01/2024
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras.
CONTRATAS FERROVIARIAS
28/06/2022
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores
 
Legislación Laboral
CGT
01/03/2014
TEXTO CONSOLIDADO - BOE
CGT
14/12/2007
 
Legislación Ferroviaria
CGT
29/09/2015
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario.
CGT
18/07/2015
 


CONJUNTO
COMUNICADO 1. CGE ADIF. CELEBRADA REUNIÓN DEL COMITÉ GENERAL DE EMPRESA DE ADIF (CGE)
COMUNICADO CONJUNTO2024-01-25

COMUNICADO   Anexo 1             
  
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COMUNICADO 1

Celebrada reunión del Comité General de Empresa de Adif (CGE)

Temas a tratar:

- Unidad de acción ante el conflicto generado por el incumplimiento del acuerdo de aplicación de la jornada de 35h.
- Comisión de conflictos.
- Concentración frente al edificio Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.
- Carta solicitando el desbloqueo del acuerdo de la jornada de 35 horas y de la negociación colectiva y la depuración de responsabilidades en Adif.
- No participación en ningún tipo de reunión que conlleve negociación de los Comités provinciales. Cese de colaboración con la empresa.

Tras la negativa del Ministerio de Transportes y Movilidad sostenible a la aceptación del acuerdo previamente rubricado por la mayoría de la representación sindical y Adif sobre la aplicación de la jornada laboral de 1536 horas, este CGE ha tomado la decisión de actuar de forma conjunta y contundente para exigir una solución inmediata ante esta pérdida de confianza en la capacidad y voluntad negociadora de la empresa.

Este Comité de manera consensuada ha determinado las siguientes acciones a realizar:

● Una Comisión de Conflictos conjunta, por el incumplimiento del Acuerdo de la 35h y el secuestro de la negociación colectiva.
● Una Concentración conjunta, frente al edificio Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible (P.º de la Castellana, 67), el día 6 de febrero de 12.00 a 14.00 horas.
● Una carta dirigida al ministro de Transportes y Movilidad Sostenible y al presidente de Adif, solicitando el desbloqueo del acuerdo de la jornada de 35 horas y de la negociación colectiva y la depuración inmediata y contundente de responsabilidades dada la inacción y deficiente gestión.
● Suspender las relaciones laborales entre el Comité General de Empresa y la dirección, con excepción de las reuniones de seguridad y salud, con directa afectación a los derechos laborales de las personas trabajadoras (ejemplo, Circular de jubilación parcial, comisiones de anticipos y de política social) o relativas a la negociación del III Convenio Colectivo.
● Preparar un documento dirigido a los diferentes Comités Provinciales, recomendando paralizar la negociación colectiva, dada la pérdida de confianza en la buena fe de Adif. Con la lógica excepción de los Comités de Seguridad y salud o aquellas reuniones que tengan que ver directamente con derechos laborales de las personas trabajadoras. Dada la falta de buena fe, los Comités Provinciales podrán recomendar el cese de colaboración de las personas trabajadoras con la empresa (como la realización de aquellas funciones a las que no estén obligadas por normativa laboral).

Seguiremos informando.


Comunicado   Anexo 1                   
  











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