Comunicados
ADIF | 54 17/06/2025
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¿A QUÉ ESTÁN JUGANDO CON LA ORDENACIÓN PROFESIONAL? ¿A QUÉ ESTÁN JUGANDO CON LA ORDENACIÓN PROFESIONAL?
La reunión del lunes de la mesa de ordenación profesional del III Convenio pareció un espectáculo de teatro negro, en el que se nos distrae la atención con ilusiones ópticas mientras unas figuras vestidas de oscuro las manejan desde las sombras.
EL CUENTO DE LA LECHERA
La dirección volvió a presentar, de palabra, un proyecto de ordenación megalómano, con grandes ambiciones y adornado con fuegos artificiales. De viva voz, transmiten su inquietud por cómo integrar los nacientes “másteres” en FP en nuestra clasificación profesional. Nos parece que no es lo que más preocupa a la plantilla; sí el hecho de que siguen sin entregar documentos que vayan más allá de descripciones genéricas de las funciones de cada colectivo.
LA CASA POR EL TEJADO
Mientras la dirección continúa su exasperante ritmo de presentación de las funciones de las nuevas áreas, entre bambalinas trabaja en los aspectos más inquietantes: la reforma de las conducciones, de la disponibilidad, de la turnicidad… es decir, de las condiciones de trabajo que más afectan a la plantilla en el día a día. ¿Por qué avanza en estos temas sin la necesaria negociación con la representación de la plantilla? ¿Da por supuesto que, llegado el momento, encontrará cómplices?
LA AMENAZA DE SIEMPRE: NO HAY PASTA
Por último, la dirección dudó de su capacidad para lograr una financiación específica que sustente la implementación de la nueva ordenación profesional. El victimismo de siempre: “Queremos, pero es que Hacienda no nos deja…”. Después vendrá el “ESTO O NADA”. Es que ya hemos visto muchas las veces la peli y nos sabemos las escenas de memoria.
Desde el SFF-CGT esperamos que esta dirección deje ya los rodeos y la retórica vacía, demuestre más capacidad que sus predecesoras y presente un proyecto concreto, serio y económicamente viable. En definitiva, una dirección que haga su trabajo y que no juguetee peligrosamente a desactivar la conflictividad solo con buenas palabras. Porque puede que esté jugando con fuego.
 COMUNICADO Anexo
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 ADIF 12/06/2025 | 53 III CONVENIO: A LA CHITA CALLANDO Y NUESTROS DERECHOS RECORTANDO | RENFE 12/06/2025 | 52 EL SFF-CGT IMPUGNA LA OEP PARA OPERADOR DE ENTRADA DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN POE25-05/2601 |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE RENFE PRETENDE ACATAR LA SENTENCIA QUE GANAMOS SOBRE LOS PERMISOS RETRIBUIDOS CON “PEROS” | 47 2024-05-23 |
| COMUNICADO Anexo 1
 | Leido: 20 veces | Tal y como os informamos en el anterior Comunicado 29, la Audiencia Nacional falló, a nuestro favor, en sentencia el 09 de junio de 2021 “el derecho de los trabajadores afectados por el presente conflicto colectivo a que los días de licencia retribuida regulados en los apartados a) b) c) d) y e) de la Cláusula 8 ª del II Convenio Colectivo del GRUPO RENFE que mantiene de aplicación el art 259 de la Normativa Laboral de RENFE sean todos los días de trabajo efectivos laborables para los trabajadores afectados, estos es, excluyendo de su cómputo los días de descanso, festivos no trabajados o días no laborables (excepto vacaciones), con la precisión de que todos los días de la semana, salvo domingo y sábado cuando sea festivo tienen la condición de laborable y demás festivos para quienes tienen jornadas especiales son computables a los efectos de las licencias establecidas en el convenio y condenamos a la empresa demandadas a estar y pasar por la anterior declaración a todos los efectos”.
Renfe recurrió al Tribunal Supremo y este confirma la sentencia de la AN rechazando el recurso de la empresa siendo la sentencia firme con fecha 06 de marzo de 2024. Aún así, han seguido poniendo problemas a las personas trabajadoras que han exigido su cumplimiento. Por ello nos hemos visto obligados a presionar desde el CGE con el resto de organizaciones sindicales.
Finalmente Renfe ha admitido que no se estaban concediendo correctamente pero entienden que solo deben aplicarlo desde el pasado 6 de marzo. Nada más lejos de la realidad. La empresa está obligada a aplicarla desde un año antes de cuando se celebró el acto de conciliación, es decir, desde el 30 de octubre de 2019 y las personas trabajadoras a quienes no se les hayan aplicado las licencias correctamente pueden hacerlo hasta un año después de la sentencia (06 de marzo de 2025).
De esta forma, la empresa no puede computar días de descanso o festivos en el total de días de permiso, se aplican únicamente a días de trabajo efectivo una vez comenzado su cómputo, respetando los descansos y festivos que se establezcan en el gráfico.
Ha sido una larga lucha judicial de nuestra organización sindical para un derecho que no debería emplear tantos recursos personales y materiales para que se aplique como debe y tal y como señala la legislación. Acatando las sentencias judiciales pero como quiere Renfe (trilerismo jurídico), no nos queda más remedio que seguir empleando tiempo y recursos en judicializar medidas que deberían reconocer de pleno derecho.
Desde el SFF-CGT nos ponemos a disposición de las personas interesadas en reclamar para facilitar los trámites necesarios.
Comunicado Anexo 1

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