Comunicados
CONJUNTO | 39 01/05/2025
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1 DE MAYO: ORGANÍZATE Y LUCHA La situación laboral actual se caracteriza por un retroceso generalizado de los derechos sociales, laborales y económicos de la clase trabajadora. A pesar de las campañas institucionales que insisten en una recuperación sostenida del empleo, se constata una precarización estructural del trabajo, una pérdida continuada del poder adquisitivo y una desigualdad creciente.
Las políticas ferroviarias no escapan a esta lógica. El proceso de fragmentación, liberalización y privatización del sistema público ferroviario, iniciado hace décadas, se ha acelerado. El ferrocarril ha dejado de concebirse como servicio esencial para convertirse en espacio de negocio para empresas privadas, constructoras y multinacionales.
Este modelo ha traído consigo un deterioro constante de las condiciones laborales, de la seguridad y de la calidad del servicio. La entrada de operadores como Ouigo e Iryo en las rutas rentables únicamente ha reducido los ingresos de Renfe sin traducirse en mejoras reales ni para la ciudadanía ni para las plantillas.
El peligro no se limita a la Alta Velocidad. Las Obligaciones de Servicio Público (OSP), que han garantizado hasta ahora el acceso ferroviario en zonas no rentables, están amenazadas por la lógica mercantil. Su licitación a operadores privados y la transferencia de líneas y activos a las comunidades autónomas, sin garantías de servicio público y con criterios políticos coyunturales, suponen un nuevo paso en el desmantelamiento del modelo estatal y vertebrador.
Renfe y Adif sufren una descapitalización sostenida. Falta de personal, precariedad, externalización de funciones esenciales y descoordinación técnica forman ya parte de la normalidad. En los centros de trabajo convive personal de empresas públicas y privadas que desempeñan funciones equivalentes en condiciones laborales claramente desiguales. A ello se suma la existencia de empresas low-cost como LogiRail o el proceso de venta de Renfe Mercancías a MSC, que anticipa su conversión en operador subordinado a intereses privados.
Este proceso de vaciamiento interno se ve agravado por la creciente utilización del ferrocarril como moneda de cambio político, intercambiado por apoyos parlamentarios sin tener en cuenta el interés general. Las direcciones de las empresas públicas han pasado a estar ocupadas por cargos de designación política, en muchos casos sin experiencia ni conocimientos del ámbito ferroviario. Esta lógica de reparto de poder, desligada de cualquier planificación técnica o social, compromete gravemente la calidad del servicio, debilita la cohesión territorial y deteriora las condiciones laborales del sector. Al mismo tiempo que pone en riesgo el futuro del ferrocarril como servicio público al servicio de la sociedad.
En este contexto, cobra más sentido que nunca la existencia del SFF-CGT. Fuimos, somos y seremos la esperanza para el ferrocarril y para quienes trabajan en él. Es necesario organizarnos y luchar por las condiciones laborales de la clase trabajadora y por el modelo de ferrocarril publico social y sostenible que necesitamos. Por ello, animamos a todas las personas trabajadoras del ferrocarril a acudir a las manifestaciones que están convocadas en sus territorios por el 1 de mayo.
VIVA EL 1 DE MAYO. VIVA LA LUCHA DE LA CLASE TRABAJADORA
 COMUNICADO Anexo
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 ADIF 25/04/2025 | 38 LAS CLOACAS DEL ADIF | ADIF 21/04/2025 | 37 WHITE IN A BOTTLE |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE RENFE PRETENDE ACATAR LA SENTENCIA QUE GANAMOS SOBRE LOS PERMISOS RETRIBUIDOS CON “PEROS” | 47 2024-05-23 |
| COMUNICADO Anexo 1
 | Leido: 20 veces | Tal y como os informamos en el anterior Comunicado 29, la Audiencia Nacional falló, a nuestro favor, en sentencia el 09 de junio de 2021 “el derecho de los trabajadores afectados por el presente conflicto colectivo a que los días de licencia retribuida regulados en los apartados a) b) c) d) y e) de la Cláusula 8 ª del II Convenio Colectivo del GRUPO RENFE que mantiene de aplicación el art 259 de la Normativa Laboral de RENFE sean todos los días de trabajo efectivos laborables para los trabajadores afectados, estos es, excluyendo de su cómputo los días de descanso, festivos no trabajados o días no laborables (excepto vacaciones), con la precisión de que todos los días de la semana, salvo domingo y sábado cuando sea festivo tienen la condición de laborable y demás festivos para quienes tienen jornadas especiales son computables a los efectos de las licencias establecidas en el convenio y condenamos a la empresa demandadas a estar y pasar por la anterior declaración a todos los efectos”.
Renfe recurrió al Tribunal Supremo y este confirma la sentencia de la AN rechazando el recurso de la empresa siendo la sentencia firme con fecha 06 de marzo de 2024. Aún así, han seguido poniendo problemas a las personas trabajadoras que han exigido su cumplimiento. Por ello nos hemos visto obligados a presionar desde el CGE con el resto de organizaciones sindicales.
Finalmente Renfe ha admitido que no se estaban concediendo correctamente pero entienden que solo deben aplicarlo desde el pasado 6 de marzo. Nada más lejos de la realidad. La empresa está obligada a aplicarla desde un año antes de cuando se celebró el acto de conciliación, es decir, desde el 30 de octubre de 2019 y las personas trabajadoras a quienes no se les hayan aplicado las licencias correctamente pueden hacerlo hasta un año después de la sentencia (06 de marzo de 2025).
De esta forma, la empresa no puede computar días de descanso o festivos en el total de días de permiso, se aplican únicamente a días de trabajo efectivo una vez comenzado su cómputo, respetando los descansos y festivos que se establezcan en el gráfico.
Ha sido una larga lucha judicial de nuestra organización sindical para un derecho que no debería emplear tantos recursos personales y materiales para que se aplique como debe y tal y como señala la legislación. Acatando las sentencias judiciales pero como quiere Renfe (trilerismo jurídico), no nos queda más remedio que seguir empleando tiempo y recursos en judicializar medidas que deberían reconocer de pleno derecho.
Desde el SFF-CGT nos ponemos a disposición de las personas interesadas en reclamar para facilitar los trámites necesarios.
Comunicado Anexo 1

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