Comunicados
ADIF | 14 25/02/2026
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CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 CIRCULAR DE JUBILACIÓN PARCIAL 2026
Hoy se ha firmado el borrador de la circular de jubilación parcial para 2026. La buena noticia es que se podrán acoger 740 personas (8 en Adif alta velocidad). La mala, que el año pasado se quedaron fuera 400 y seguramente este año se quede aun más gente.
PLAZAS PARA TOD@S
En el SFF-CGT consideramos que acceder a la jubilación parcial no debería depender del día en que hayas nacido o si has nacido en un mes u otro del año. Con carreras tan largas, todas las personas que deseen acceder a la jubilación parcial y cumplan los requisitos deberían poder hacerlo. Por eso hemos reivindicado que se pueda acoger tantas personas como personas ingresen en la OEP, y que además se sumen plazas asociadas a las dos nuevas convocatorias extraordinarias de ayudante ferroviari@ y las 480 plazas comprometidas en el “histórico acuerdo que va a cambiar el sector del ferrocarril”. La respuesta de la empresa es que ni lo uno ni lo otro. Y respecto a las 480 plazas, que no contemos con ellas en 2026. Así que, primer compromiso roto: las 480 plazas anuales entre 2026 y 2031 ya van a ser para 2027 (veremos si no para 2028).
CIRCULAR CASI IDÉNTICA A LA DE 2025
Por lo demás, la circular es prácticamente calcada a la del año pasado. Los requisitos para acceder son:
• Tener cumplidos 62 años y cotizados a la Seguridad Social como mínimo 35 años y 6 meses.
• Tener cumplidos 64 años y, cotizados a la Seguridad Social como mínimo 33 años. Si se trata de personas con discapacidad en grado igual o superior al 33%, al menos 25 años cotizados.
Las solicitudes se ordenarán por orden de mayor a menor antigüedad en la entidad y, en caso de empate, por la mayor edad, incluida la hora de nacimiento en caso necesario, independientemente de la fecha en la que cumplan los requisitos para adherirse a la jubilación parcial.
Conforme al orden del citado listado, en primer lugar se procederá a establecer los contratos de jubilación parcial a personas que cumplan requisitos a 31 de mayo de 2026, que estarán vinculados al número máximo de los contratos de relevo de las personas que está previsto que ingresen de la OEP en el mes de junio. El resto de solicitantes que queden en el listado permanecerán en el mismo orden para optar a los contratos de jubilación parcial vinculados a los contratos de relevo que se formulen con los ingresos de la OEP previstos para octubre.
Hay dos formas de acogerse:
• Acumulación del tiempo de prestación efectiva de servicios dentro de cada año (salvo para el colectivo de estructura de dirección).
• Acumulación del tiempo de prestación efectiva de servicios de todo el período de la jubilación parcial al principio de la nueva situación como persona trabajadora a tiempo parcial.
El plazo de presentación de solicitudes será desde el 3 de marzo de 2026 al 10 de abril de 2026, ambos incluidos. Este plazo será único tanto para las personas que cumplan condiciones a fecha 31 de mayo como para quienes las cumplan a 30 de septiembre.
 COMUNICADO
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 SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO | ADIF 17/02/2026 | 12 ¿QUIÉN CUIDA AL PERSONAL DE CIRCULACIÓN? |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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CONJUNTO COMUNICADO 3. CGE ADIF. COMISIÓN NEGOCIADORA III CONVENIO | COMUNICADO CONJUNTO2024-06-07 |
| COMUNICADO Anexo 1 Anexo 2
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El Comité General de Empresa, en respuesta a la carta que nos ha enviado el Director General de Gestión de Personas, Michaux Miranda Paniagua planteando una serie de dudas y dificultades para abordar la negociación del nuevo Convenio y tras la reunión extraordinaria del CGE celebrada el día 05 de junio de 2024, se ha decidido, por la mayoría de las organizaciones sindicales integrantes del mismo, remitir una carta de contestación a la
Dirección de Adif comunicando la intención de ratificarnos en la postura mantenida en la anterior reunión del día 07 de mayo de 2024.
A consecuencia de esto, vamos a trasladar a la empresa nuestra firme voluntad de mantener la decisión tomada mayoritariamente de iniciar la negociación de un Convenio de empresa para Adif con una Comisión Negociadora de 13 componentes, por cada parte.
Entendemos que está decisión es plenamente legítima y, por supuesto, legal, según el artículo 87.1 del Estatuto de los Trabajadores. Por ello, pensamos que la carta de la Dirección de Adif solo puede concebirse como una estrategia de dilación de la negociación, perjudicando los intereses de las personas trabajadoras.
Por ello, instamos a la Dirección de Adif a que inicie los trámites oportunos y convoque con carácter urgente a este Comité para conformar la Comisión Negociadora bajo la premisa de unas líneas básicas de negociación de convenio, las cuales adjuntamos a este comunicado, y que no se siga dilatando una negociación que debe ser una prioridad para todos, dada la importancia que tiene para todas las trabajadoras y trabajadores de esta empresa.
Es importante remarcar que esas líneas básicas de negociación han sido consensuadas por las organizaciones sindicales de este comité y muestran nuestra voluntad negociadora para alcanzar acuerdos beneficiosos para las personas trabajadoras.
LINEAS BÁSICAS NEGOCIACION CONVENIO ADIF
Ante la próxima negociación del nuevo convenio colectivo de Adif desde este CGE queremos hacerles llegar una propuesta con las líneas básicas de una plataforma conjunta de negociación, y son las siguientes:
1. Que hace más de 30 años se suscribió la actual clasificación de categorías que rige en nuestra empresa y ya es hora abordar de una vez una verdadera reordenación profesional para todas las trabajadoras y trabajadores vinculados a este convenio.
Entendiendo como una clasificación de categorías por grupos profesionales y áreas funcionales, simplificando y actualizando el sistema retributivo con 5 grupos profesionales, que serían:
- Estructura de apoyo
- Mandos Intermedio y Cuadros
- coordinador/a
- operador/a ferroviario/a especializado/a
- operador/a ferroviario/a
Con sus áreas funcionales correspondientes y con una estructura salarial basada en:
- Retribución Fija
- Complemento de puesto (incluido entorno operacional)
- Incentivos de producción / variable
Además, los cambios normativos y en la plantilla hacen ineludible la negociación de otros puntos como son:
- Compensación de la pérdida de poder adquisitivo y del aumento de productividad
- Jornada
- Empleo y movilidad
- Corresponsabilidad y conciliación
- Salud laboral
- Aspectos sociales
Comunicado Anexo 1 Anexo 2

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