Comunicados
ADIF | 23 23/03/2026
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LA ORDENACIÓN PROFESIONAL DEL AHORRO En la reunión celebrada hoy sobre Ordenación Profesional hemos podido comprobar por dónde quiere llevar la empresa la negociación de los complementos. Y la sensación es clara: no se puede hablar de dinero. La dinámica de la negociación parece que será sencilla:
· Lo que ya tenemos se recorta todo lo posible para obtener ahorros.
· Lo nuevo —que además es poco— se estudia, pero sin concretar todavía qué financiación lo respalda.
Con este panorama, desde el SFF-CGT hemos vuelto a insistir en lo mismo que llevamos reclamando desde el inicio de esta negociación: queremos conocer cuál es la financiación disponible para llevar a cabo la Ordenación Profesional. Hemos solicitado el informe de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos que, según la Ley de Presupuestos Generales de 2023, debe autorizar la masa salarial disponible para negociar. La empresa se niega a facilitarlo. También queremos saber si el escenario económico ha cambiado con la Guerra en Irán.
Nuestra preocupación es evidente: no conocemos el dinero del que disponemos, pero la empresa ya tiene claro qué complementos desaparecen, cuáles se limitan y a quién no se le aplicarán determinados conceptos.
COMPLEMENTOS: LO QUE SE SABE… Y LO QUE NO
En la Mesa técnica de Ordenación Profesional se han tratado los siguientes complementos:
· Antigüedad
De aplicarla a MMII, Cuadros Técnicos y Estructura de Apoyo y aumentar el tope de 10 años como máximo de cuatrienios a cobrar dicen que nada de nada.
· 20 años en el mismo nivel salarial
Desaparecería como concepto propio y pasaría a depender de los niveles del Desarrollo Profesional Horizontal, a través de un abono integrado en el fijo.
· Premio de permanencia
Ampliar el premio de permanencia a 45 años y mantener el 7% adicional que se abona con el premio por los 40 años hasta la edad de jubilación, queda descartado por la empresa.
En cuanto a la mesa de Sistemas de Organización del Trabajo se han tratado cuestiones como:
· Conducciones (hasta ahora solo en Infraestructura)
Pretenden ampliar a una modalidad general para todos los grupos profesionales en las áreas que determine la empresa y su abono pasaría a ser mensual. Quieren incluir cláusulas de designación obligatoria, ampliar la duración de las adscripciones (de 3 meses a 1 año), y restringir las posibilidades de renuncia (de 15 días a 3 meses de preaviso) respecto a la normativa actual. Además, la empresa pretende obligar a determinados grupos profesionales a disponer de carnet de conducir para optar a plazas en Movilidad u OEP. ¡Una maravilla!
· Obras
Plantean un nuevo complemento por desplazamientos que se abonaría a partir de tres noches fuera para cubrir el desarraigo. Parece ser que pasar 1 o 2 noches fuera no causa desarraigo. Eso sí, como con el teletrabajo, la empresa determinaría qué puestos serían los que generarían este complemento.
NO SE PUEDE NEGOCIAR SIN SABER DE QUÉ DINERO HABLAMOS
Desde el SFF-CGT lo tenemos claro. Queremos trabajar para que la Ordenación Profesional salga adelante, pero con las mismas cartas sobre la mesa. No se pueden valorar complementos, cambios salariales ni modificaciones organizativas sin conocer la cuantía que se va a destinar a cada concepto. Sin esa información, cualquier negociación se convierte en un ejercicio a ciegas.
Por ello, desde el SFF-CGT entendemos que solo cuando dispongamos de todos los datos podremos valorar el conjunto de complementos de la Ordenación Profesional.
No vamos a aceptar el “espigueo” de la empresa, escogiendo qué tocar y qué no tocar para cuadrar cuentas de cara a Hacienda, mientras la plantilla negocia sin conocer el margen real.
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 SECTOR 18/03/2026 | 22 DOS MESES DESPUÉS DEL ACCIDENTE DE ADAMUZ | RENFE 11/03/2026 | 21 OÍDOS SORDOS |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF 35H: DEL ACUERDO DE LA VERGÜENZA AL ACUERDO DEL ULTRAJE | 57 2024-06-14 |
| COMUNICADO Anexo 1 Anexo 2
 | Leido: 45 veces | Estaba todo preparado para el gran día. El día en el que la empresa iba a imponer la reducción de jornada a la medida de sus necesidades. Desde luego que desde el SFF-CGT reconocemos la gran lucha de algunos por complacer los deseos de la dirección de ADIF.
LOS DE LECTURA RÁPIDA.
Ayer por la tarde a toda prisa se nos convocó a una reunión urgente para tratar la reducción de jornada. Y esta mañana la empresa nos ha presentado un acuerdo (al que llama “propuesta”) con una redacción enmarañada y con ausencias de información deliberadas para que en 5 minutos lo valoráramos. A eso se le llama mala fe negociadora.
Atónit@s nos hemos quedado l@s allí presentes cuando UGT Y CC OO en esos 5 minutos han sido capaces de leer y analizar un texto de 5 páginas y concluir que es un buen acuerdo para las personas trabajadoras. Los que no tenemos una inteligencia superior ni una velocidad de lectura ultrasónica hemos tenido que leerlo hasta 6 veces y aún hay cosas que no entendemos del todo.
Así que los sindicatos del “sí a todo”, haciendo gala de su mayoría en el CGE, han aprobado en solitario el acuerdo, con la oposición del SFF-CGT y del SF. Y la ambivalencia del SCF, que ha pedido tiempo para traducir al castellano el documento.
EL ACUERDO DEL ULTRAJE
Lo que sí hemos entendido en esas 6 primeras lecturas es que el nuevo y enésimo acuerdo supone una nueva y enésima claudicación. Les han quedado tan flacas las reivindicaciones que temíamos que en vez de 35 h accedieran a que fueran 36.
Y para disfrazar la sumisión, pactan en privado un acuerdo propio de un guion de una película de los Hermanos Marx (¿recordáis “la parte contratante de la primera parte contratante”?). Vamos a intentar desenmarañar algunas trampas de las que nos hemos percatado en la cuarta o quinta lectura:
RETROACTIVIDAD: el anterior acuerdo recogía que los excesos de jornada se compensarían en días completos en los próximos dos años, con una retroactividad del 14 de marzo, fecha de la firma del acuerdo. En el nuevo redactado la fecha de retroactividad es “desde el informe favorable de la Secretaría de Estado de la Función Pública”. No desde la fecha de ese informe sino “desde ese informe”. Le hemos pedido a la empresa que pusiera la fecha concreta, pero se ha negado. Verbalmente nos habla de que ese informe es del 3 julio de 2023.
Por tanto, pareciera que la fecha de retroactividad sería esa. Pero se niegan a ponerla. Curiosamente, en el artículo 4 de ese informe, la Secretaría de Estado de Función Pública señala que “la fecha de entrada en vigor del acuerdo (…) debe ser la de la firma del acuerdo que se negocie de conformidad con este informe”.
Por tanto, ¿cuál es esa fecha? ¿Es la del acuerdo de septiembre?, ¿es la del acuerdo de marzo de este año?, ¿es la de este último acuerdo? ¿si es la de este acuerdo de hoy, quiere decir que no hay retroactividad y que hemos perdido todos los excesos de jornada del último año y medio de bochornosa negociación? Los que lo han firmado, que lo aclaren.
NO HAY AUTORIZACION ADMINISTRATIVA. Llevamos un año y medio sin poder disfrutar de las 35h porque no había autorización administrativa de los organismos competentes.
Hoy sigue sin haberla. Pero da igual. Ahora si se puede aplicar la jornada de 35h, aunque no esté autorizada. Eso sí, de manera provisional. Si de nuevo no se autoriza, ¿volveremos a ajustar gráficos y devolvemos los días trabajados de menos? Que lo expliquen los que han firmado este cheque en blanco.
¿LAS 35H EMPIEZAN MAÑANA PARA TODA LA PLANTILLA? Nada dice en el acuerdo del personal incluido en el punto A. “Se comenzará a aplicar cuando las circunstancias de la producción lo posibiliten y siempre que se haya recibido la autorización administrativa del punto 7”. Es decir ¿que el personal que trabaja a turnos sí tiene que esperar la autorización administrativa? De hecho, en el punto 6 solo habla de que la jornada reducida de verano se comenzará a aplicar desde 15 de junio. O sea, solo para el personal no incluido en el grupo A. Los de lectura rápida, que lo aclaren si pueden.
DEFINITIVAMENTE NOS TOMAN POR TONT@S
Creen que firmando un acuerdo ambiguo y enmarañado engañan a la gente. Ocultan su condescendencia con discursos y medallas que ya nadie se cree. Este acuerdo, como el de la Movilidad, como tantos últimamente, supone una estafa para las personas trabajadoras de Adif y Adif AV. Y supone dar alas a la empresa en su proceder con mala fe en la negociación colectiva, dando crédito a sus mentiras y a sus artimañas para dilatar y maniatar las negociaciones. No es un buen precedente para comenzar a negociar un Convenio.
Desde el SFF-CGT seguiremos luchando por empoderar a la plantilla frente a una dirección que menoscaba sus derechos con la complicidad de algunos. Y por desenmascarar los intentos de engañar a las personas trabajadoras con acuerdos malintencionados.
Comunicado Anexo 1 Anexo 2

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