Comunicados
ADIF | 14 25/02/2026
|
|
CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 CIRCULAR DE JUBILACIÓN PARCIAL 2026
Hoy se ha firmado el borrador de la circular de jubilación parcial para 2026. La buena noticia es que se podrán acoger 740 personas (8 en Adif alta velocidad). La mala, que el año pasado se quedaron fuera 400 y seguramente este año se quede aun más gente.
PLAZAS PARA TOD@S
En el SFF-CGT consideramos que acceder a la jubilación parcial no debería depender del día en que hayas nacido o si has nacido en un mes u otro del año. Con carreras tan largas, todas las personas que deseen acceder a la jubilación parcial y cumplan los requisitos deberían poder hacerlo. Por eso hemos reivindicado que se pueda acoger tantas personas como personas ingresen en la OEP, y que además se sumen plazas asociadas a las dos nuevas convocatorias extraordinarias de ayudante ferroviari@ y las 480 plazas comprometidas en el “histórico acuerdo que va a cambiar el sector del ferrocarril”. La respuesta de la empresa es que ni lo uno ni lo otro. Y respecto a las 480 plazas, que no contemos con ellas en 2026. Así que, primer compromiso roto: las 480 plazas anuales entre 2026 y 2031 ya van a ser para 2027 (veremos si no para 2028).
CIRCULAR CASI IDÉNTICA A LA DE 2025
Por lo demás, la circular es prácticamente calcada a la del año pasado. Los requisitos para acceder son:
• Tener cumplidos 62 años y cotizados a la Seguridad Social como mínimo 35 años y 6 meses.
• Tener cumplidos 64 años y, cotizados a la Seguridad Social como mínimo 33 años. Si se trata de personas con discapacidad en grado igual o superior al 33%, al menos 25 años cotizados.
Las solicitudes se ordenarán por orden de mayor a menor antigüedad en la entidad y, en caso de empate, por la mayor edad, incluida la hora de nacimiento en caso necesario, independientemente de la fecha en la que cumplan los requisitos para adherirse a la jubilación parcial.
Conforme al orden del citado listado, en primer lugar se procederá a establecer los contratos de jubilación parcial a personas que cumplan requisitos a 31 de mayo de 2026, que estarán vinculados al número máximo de los contratos de relevo de las personas que está previsto que ingresen de la OEP en el mes de junio. El resto de solicitantes que queden en el listado permanecerán en el mismo orden para optar a los contratos de jubilación parcial vinculados a los contratos de relevo que se formulen con los ingresos de la OEP previstos para octubre.
Hay dos formas de acogerse:
• Acumulación del tiempo de prestación efectiva de servicios dentro de cada año (salvo para el colectivo de estructura de dirección).
• Acumulación del tiempo de prestación efectiva de servicios de todo el período de la jubilación parcial al principio de la nueva situación como persona trabajadora a tiempo parcial.
El plazo de presentación de solicitudes será desde el 3 de marzo de 2026 al 10 de abril de 2026, ambos incluidos. Este plazo será único tanto para las personas que cumplan condiciones a fecha 31 de mayo como para quienes las cumplan a 30 de septiembre.
 COMUNICADO
|
 SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO | ADIF 17/02/2026 | 12 ¿QUIÉN CUIDA AL PERSONAL DE CIRCULACIÓN? |
Jurídica
|
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
|
|
Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
|
|
Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
|
|
ADIF AVANZAMOS EN DERECHOS, A PESAR DE ADIF | 74 2024-10-09 |
| COMUNICADO
 | Leido: 4 veces | Escuchar a las personas trabajadoras no es el fuerte de Adif. Y tampoco parece ser una de sus prioridades la mejora de las condiciones laborales. Como desde la negociación colectiva parece imposible avanzar en derechos, tienen que aparecer l@s jueces para tirarle de las orejas ante su cerrazón.
LA JUSTICIA NOS DA LA RAZÓN
Desde el SFF-CGT hemos escrito una carta a la dirección de Recursos Humanos para recordarle que es de obligado complimiento acatar tres sentencias que han dado la razón a las personas trabajadoras y cuyo dictamen afecta directamente a la plantilla de Adif. Y vamos a estar vigilantes de que efectivamente las aplican.
GRATIFICACIÓN POR TÍTULO
Recientemente hemos conocido que el Tribunal Supremo (TS) ha rechazado el recurso de casación interpuesto por Adif y ha ratificado la sentencia de la Audiencia Nacional (AN) favorable al SFF-CGT y que reconoce que la gratificación por título se debe cobrar desde el primer día tras la firma del contrato. Hasta ahora Adif se negaba a abonarlo durante el periodo de formación. Así pues, le hemos exigido que se abone desde el primer día. Y con carácter retroactivo para tod@s l@s que no lo percibieron estando en formación.
CLARIDAD DE LAS NÓMINAS
Otra sentencia de la AN ha confirmado que debe existir claridad en las nóminas. Por toda la plantilla de Adif es de sobra conocida la dificultad para averiguar si los conceptos abonados en cada recibo de nómina son correctos. Así pues, hemos exigido que en las futuras nóminas se habilite un espacio donde consten: precio valor hora, claves calculadas con el valor hora, días concretos de abono de claves diarias, horarias u horas extra, parámetros para cálculo de variables, y cualquier otro valor que sea necesario para calcular los importes abonados.
DÍAS “MALOSOS”
Por último, el TS ha ratificado nuestra sentencia de la AN que fallaba que Renfe no puede exigir a las personas trabajadoras la justificación de reposo en los casos de ausencia por los denominados “días malosos”. En Adif algunas jefaturas que están exigiendo un justificante médico que indique “reposo” a la persona trabajadora, por lo que solicitamos se emitan las instrucciones pertinentes para que no sea necesaria dicha justificación.
Desde el SFF-CGT nos gustaría no tener que acudir a la Justicia cada vez que se vulnera un derecho y que hubiera voluntad por parte de Adif para reconocer sus errores. Pero con tal de alargar los plazos, a Adif no le importa despilfarrar dinero público y contribuir al colapso judicial.
EL SFF-CGT SEGUIRÁ BATALLANDO DONDE HAGA FALTA PARA DEFENDER NUESTROS DERECHOS
Comunicado

|
|
|
© Sector Federal Ferroviario [Avda. Ciudad de Barcelona 10 - Sótano / 28007 Madrid] Tfnos: 915 066 285 / 915 066 287 - Fax: 915 066 314 - e-mail: sff-cgt@cgt.es POLÍTICA DE PRIVACIDAD Óptima visualización: 1280 x 960 Sector Federal Ferroviario
desde 16-03-2016
|
| |