Comunicados
 
IRYO
100
02/12/2024
CONVOCADAS HUELGAS EN IRYO
 
Tras consultar con la afiliación el SFF-CGT decidió no convocar huelga los días 5 y 6 de diciembre por no poder cumplir los plazos ya que la reunión del SIMA se celebró el día 26 de noviembre y por lo tanto no podíamos cumplir los diez días necesarios para cumplir con el plazo legal para convocar huelga.
 
  COMUNICADO   Anexo         
 
 
 
 
ADIF
29/11/2024
99
LA NORMA DE MOVILIDAD ESE JEROGLÍFICO TRITURADOR DE VIDAS
 
 
ADIF
28/11/2024
98
EL DINERO EN ADIF, ESE GRAN TRAMPANTOJO
 
IRYO
26/11/2024
97
MOVILIZACIONES EN IRYO
 
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Jurídica
Convenios
SERVEO
18/11/2024
I Convenio Colectivo entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024
LOGIRAIL
01/01/2024
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras.
 
Legislación Laboral
CGT
01/03/2014
TEXTO CONSOLIDADO - BOE
CGT
14/12/2007
 
Legislación Ferroviaria
CGT
29/09/2015
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario.
CGT
18/07/2015
 


IRYO
NI UN DÍA MÁS SIN UNA RESPUESTA POSITIVA
COMUNICADO CONJUNTO2024-10-09

COMUNICADO             
  
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Ayer nos hemos reunido con la dirección de la empresa Iryo, la Comisión Negociadora del I convenio Colectivo de Iryo.

Para toda la representación lo más importante era trasladar una vez más a la dirección, como lo venimos haciendo desde este agosto, lo que entendemos es un agravio al colectivo de Asistentes con respecto al resto de colectivos de la empresa Iryo, que siga siendo el único colectivo que no recibe compensación en dietas cada vez que sale fuera de su residencia.

Para los componentes de la Comisión Negociadora es prioritario resolver esta injusticia con respecto al colectivo de Asistentes antes de continuar con el resto de las reivindicaciones del I Convenio Colectivo de Iryo.

Al igual que la compensación de las horas nocturnas reguladas por ley.

La Dirección de la empresa a pesar nuestro, que entendíamos que es una reivindicación que debe resolverse lo antes posible por el malestar que genera en el colectivo, ha decidido no darnos respuesta hasta el día 29 de octubre.

Para la representación sindical es una fecha límite pues el malestar que se respira en el colectivo afectado no permite más aplazamientos.

Por lo tanto, si no se da una solución satisfactoria toda la representación sindical junto a las personas trabajadoras de Iryo estamos dispuestos a actuar con la contundencia necesaria para que se resuelva de una vez por todas, esta bochornosa injusticia.

Comunicado                   
  











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