Comunicados
IRYO | 100 02/12/2024
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CONVOCADAS HUELGAS EN IRYO Tras consultar con la afiliación el SFF-CGT decidió no convocar huelga los días 5 y 6 de diciembre por no poder cumplir los plazos ya que la reunión del SIMA se celebró el día 26 de noviembre y por lo tanto no podíamos cumplir los diez días necesarios para cumplir con el plazo legal para convocar huelga.
Con el ánimo de dar una oportunidad más a la negociación, la afiliación del SFF-CGT decidió no convocar huelgas los días 8 y 9 de diciembre, no tenemos mucha confianza en que se resuelva de una vez por todas las reivindicaciones que arrastramos desde hace dos años y que reunión tras reunión la Dirección de la empresa IRYO ha ido demorando, pero acudiremos a las reuniones convocadas por la dirección para los días 13 y 20 de diciembre.
Acudiremos a las reuniones con el mismo objetivo que a las anteriores, que se finalice la desigualdad entre colectivos y se cumpla con lo regulado por ley.
Como venimos diciendo hace meses el SFF-CGT no va a renunciar a la presión hasta conseguir los objetivos motivo por el cual, hoy día 2 de diciembre el SFF-CGT hemos convocado HUELGAS en IRYO para los días 23, 24, 25, 30 y 31 de diciembre de 2024 y 1 de enero de 2025.
Nadie nos va a regalar nada, los derechos se conquistan. La capacidad para negociar la dan todas las personas trabajadoras que se movilizan para conseguir sus objetivos.
Los nuestros son:
• Las dietas que no generen desigualdad, para el colectivo de ASISTENTES.
• La compensación en nocturnidad para quien la trabaje.
Las direcciones de las empresas llegado a este momento intentarán confundir y actuar contra la huelga, así como sus adláteres y mensajeros (disfrazados de clase trabajadora) difundiendo miedo a cambio de ¿qué?
Pero la realidad es que el derecho a hacer HUELGA es un derecho CONSTITUCIONAL que todos y todas podemos llevar a efecto en defensa de nuestras reivindicaciones.
IRYO: ¡CONVENIO YA!
COMUNICADO Anexo
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ADIF 29/11/2024 | 99 LA NORMA DE MOVILIDAD ESE JEROGLÍFICO TRITURADOR DE VIDAS | ADIF 28/11/2024 | 98 EL DINERO EN ADIF, ESE GRAN TRAMPANTOJO |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 | | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF EL CONVENIO DE LA SUBIDA SALARIAL | 85 2024-10-31 |
| COMUNICADO Anexo 1
| Leido: 4 veces | Llevamos años con los salarios totalmente desfasados en Adif. Este es el convenio en el que tenemos que conseguir que el sueldo base suba en todas las categorías, especialmente para l@s compañer@s que menos cobran, como el personal administrativo.
RECUPERAR PODER ADQUISITIVO
Tener sueldos tan bajos propicia que seamos esclav@s de hacer mil cosas a mayores (como horas extras o brigadas) para llegar a tener un sueldo digno.
Proponemos un incremento salarial superior al IPC real, así podremos reparar el poder adquisitivo perdido en estos años. Y tiene que ser una subida lineal. También pedimos que se actualicen esas claves que a día de hoy tienen un valor ridículo, como la jornada partida, la nocturnidad, el bocadillo...
REORDENACIÓN PROFESIONAL
Afrontar una reordenación profesional es fundamental. Nos permitirá reducir los complementos, limitándolos a complementos objetivos y de puesto (como, por ejemplo, la nocturnidad). De esta manera entenderemos por fin nuestras nóminas y evitaremos que nuestro salario dependa de mil variables.
Entre los complementos de puesto hay que retribuir la turnicidad, el trabajo en fin de semana y crear un complemento de festivos (y de un tope máximo de festivos al año que se pueden trabajar). Desde el SFF-CGT, no compartimos la arbitrariedad en el pago de complementos entre los diferentes colectivos. La antigüedad la generamos toda la plantilla y la turnicidad debe percibirla quien la realiza, aunque pertenezca al colectivo de administración y gestión.
Este convenio representa una gran oportunidad para mejorar nuestras condiciones salariales y recuperar el poder adquisitivo perdido.
Comunicado Anexo 1
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