Comunicados
RENFE | 100 28/11/2025
|
|
UNA DE CAL Y OTRA DE ARENA SEGUIMOS CON LA NEGOCIACIÓN DEL IV CONVENIO COLECTIVO DEL GRUPO RENFE.
Os trasladamos la información de las tres reuniones mantenidas ayer 27 de noviembre.
Modificación de la Cláusula 14 del I Convenio de Renfe Operadora
La empresa nos comunica su intención de modificar la cláusula 14ª relativa a las garantías en situaciones de Incapacidad Temporal. Esta modificación incluye una mejora de la prestación económica en los siguientes supuestos:
• Menstruación incapacitante.
• Embarazo a partir del primer día de la semana 39.
• Donación para trasplantes de tejidos y órganos, así como los procesos previos y posteriores derivados de la misma.
Consideramos esta actualización una buena noticia, ya que supone la aplicación por parte de la empresa de la legislación vigente.
Contingencias Comunes
Recordamos, que el pasado mes de septiembre, la Dirección de Renfe decidió de forma unilateral que Mutua Fraternidad Muprespa, hasta ahora encargada únicamente de las contingencias profesionales, asumiera también la gestión de las contingencias comunes (bajas por enfermedad común y accidente no laboral).
En la reunión han participado cuatro representantes de la mutua, cuyo objetivo evidente era “vender” su modelo de gestión. A pesar de presentarse como una entidad sin ánimo de lucro, informan de excedentes de 1.700 millones de euros.
Nos trasladan que solicitarán el historial médico de las personas trabajadoras, obviando los límites establecidos por la normativa de protección de datos, con la excusa de facilitar una “pronta reincorporación”. Afirman además que realizarán seguimiento de las incapacidades incluso sin ser personal médico facultativo, y que la falta de asistencia a una cita con la mutua podría dar lugar a la retirada automática de la prestación, sin margen para justificar la ausencia.
El Comité General de Empresa ya expresó el rechazo a esta medida. Desde el SFF-CGT, defendemos que la gestión de las contingencias comunes debe permanecer en manos del INSS y del sistema público de salud, únicos garantes de una atención imparcial y basada en criterios clínicos. Externalizar este servicio supone aumentar la presión sobre las personas trabajadoras y priorizar intereses económicos sobre la salud.
Mesa Técnica General
Plan de Empleo
La empresa continúa sin presentar propuestas concretas sobre los cambios previstos tanto en la salida de personal como en los nuevos ingresos. Desde el SFF-CGT Insistimos en la necesidad de clarificar la tasa de reposición, insuficiente hasta ahora, para garantizar la viabilidad de la empresa y asegurar el relevo generacional mediante nuevos empleos.
Nueva Normativa de Movilidad
La discusión sigue igualmente sin una base concreta. No está claro si la intención es elaborar una normativa completamente nueva o modificar en profundidad la Norma Marco de Movilidad.
Desde SFF-CGT estamos ultimando una propuesta que aporte mayor agilidad a los procesos, garantizando criterios de Transparencia y Mérito, con normas claras que faciliten tanto la movilidad geográfica como la promoción profesional de las personas trabajadoras del Grupo Renfe. Una premisa fundamental es la eliminación del punto 14.6 y, en consecuencia, de las permanencias.
Protocolo LGTBI
El SFF-CGT hemos presentado alegaciones para mejorar el borrador entregado por la empresa. Nuestro objetivo es adecuarlo a la legislación vigente, clarificar su aplicación y asegurar la participación de la Representación Legal de las Personas Trabajadoras en todos los procedimientos.
Variables Retributivas
La empresa plantea una modificación profunda del sistema retributivo variable para todo el personal del Grupo Renfe. Los parámetros actuales, procedentes del Desarrollo Profesional de 2010, están claramente desfasados, esta propuesta supondría un cambio sustancial. Se nos solicita a las organizaciones sindicales que presentemos alternativas para un nuevo modelo.
Desde SFF-CGT trabajaremos en propuestas que garanticen una retribución justa para todos los colectivos que sostenemos la actividad diaria de la empresa. Os animamos a participar con vuestras aportaciones.
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
|
 RENFE 20/11/2025 | 99 UN PEQUEÑO PASO DE LA EMPRESA, UN PASO INSUFICIENTE PARA LA PLANTILLA | ADIF 18/11/2025 | 98 CC.OO. UGT Y EL SCF DICEN ¡NO! A LUCHAR POR EL CONVENIO |
Jurídica
|
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
|
|
Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
|
|
Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
|
|
ADIF MÁS TRABAJO, MENOS RETRIBUCIÓN | 19 2025-02-14 |
| COMUNICADO Anexo 1
 | Leido: 8 veces | En las últimas semanas la empresa ha emprendido una carrera contra reloj, en algunos casos mediante modificaciones de los cuadros de servicio de las dependencias, con el fin último de empobrecer a la plantilla, o como le gusta llamarlo, “mejorar la eficiencia del gasto”. Parece ignorar la enorme responsabilidad y las condiciones de trabajo que tiene gran parte de la plantilla, poniendo incluso en riesgo la seguridad en la circulación con tal de ahorrarse unos euros. Tampoco parece importarle que se estén realizando funciones que, según la obsoleta ordenación profesional, no deben realizarse.
TOMA Y DEJE: NECESARIO PARA GARANTIZAR LA SEGURIDAD
Uno de esos conceptos que quiere dejar de pagar o reducir es el Toma y Deje. Ya lo están proponiendo en muchas de las modificaciones de cuadros de servicio. Un complemento que garantiza la continuidad del servicio y la seguridad en la circulación. E igual que el Toma y Deje, está intentando dejar de abonar otras claves (reemplazo a cargo superior, banda de mantenimiento, tiempos de espera, trabajo en fines de semana/festivos, etc.), aduciendo que no les corresponden al personal que debe percibirlo, menguando considerablemente las nóminas. La ambigüedad de la norma hizo que se optase por estas soluciones para dar respuesta temporal a problemas en circulación, telemando de energía, maquinistas, seguridad en la circulación, estaciones de viajer@s, supervisores, técnics@ y un largo etcétera. Soluciones que son parches y que al final dependen de la buena voluntad de la plantilla y de la dirección (esta última parece haberse esfumado en un contexto de incidencias continuas).
Sin embargo, la dirección, tan ansiosa por ahorrar, no parece preocuparse de que haya personas trabajadoras con consideración de nocturnas que realizan horas extraordinarias (algo tajantemente prohibido), hasta el punto de exceder el límite anual de 80 horas en un solo trimestre. Tampoco parece muy preocupada de que no se cumplan los descansos entre jornadas o se trabajen hasta 15 días seguidos.
UNA ORDENACIÓN PROFESIONAL MÁS NECESARIA QUE NUNCA
Esta situación no viene más que a demostrar que la actual estructura organizativa y salarial en Adif ha quedado obsoleta y deja en indefensión a las personas trabajadoras. Un porcentaje demasiado elevado de la nómina depende de claves que se abonan si se trabaja o se realizan determinadas funciones, que surgen de una normativa enrevesada y anticuada. Y, además, cuando la buena voluntad flaquea, en algunas direcciones dejan de abonarlas.
Es necesario pasar gran parte de esta masa salarial fluctuante a un fijo garantizado. El salario base debe ser más elevado y un gran número de claves tienen que incorporarse a un complemento de puesto que reconozca sus particularidades, la responsabilidad, etc. Ese complemento se debe percibir simplemente por estar adscrito a ese puesto de trabajo. Y las funciones que quieren que hagamos de más deben negociarse en la nueva ordenación profesional del III convenio. Y por supuesto, nos las tienen que remunerar.
Comunicado Anexo 1

|
|
|
© Sector Federal Ferroviario [Avda. Ciudad de Barcelona 10 - Sótano / 28007 Madrid] Tfnos: 915 066 285 / 915 066 287 - Fax: 915 066 314 - e-mail: sff-cgt@cgt.es POLÍTICA DE PRIVACIDAD Óptima visualización: 1280 x 960 Sector Federal Ferroviario
desde 16-03-2016
|
| |